Hoy por hoy es obligatoria la colocación de Extintores en los edificios inaugurados a partir de 1996
Para los edificios anteriores a 1996, se convierte en obligatoria la colocación de extintores cuando se realiza una modificación importante de las instalaciones de la Comunidad de Propietarios. Puede ser una rehabilitación integral o la instalación de ascensor en un edificio en el que anteriormente no existía, etc.
Deben estar colocados también en zonas de trasteros y garajes.
La incorporación de extintores en las estancias comunes de un edificio junto con una Centralita Contra Incendios incrementan y fortalecen la seguridad de los copropietarios.

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